Esa es la opinión del señor Sebastián Reyna, Secretario General de la Unión de Profesionales Autónomos (UPTA). Pero, no es que aguante porque sí, es que le toca aguantar.
La desastrosa situación económica de España ha hecho que en la actualidad los inmigrantes afincados en este país se encuentren entre uno de los colectivos más desfavorecidos y que sean el filón de la pobreza extrema.
El colectivo de trabajadores autónomos o por cuenta propia creció el año inmediatamente anterior (2008), y esto lo sé por experiencia propia porque lo he vivido en carne propia. El trabajador inmigrante que se acerca a las Oficina de la OTG (INEM) se le da un formulario para que se dé de alta como trabajador autónomo.
Es decir, en el momento de acercarse a solicitar la prestación por desempleo, el funcionario en cuestión antes que tramitarle el subsidio, lo que hace es instarle a darse de alta en el Instituto de la Seguridad Social com trabajador autónomo. Para esto, se limitaba a entregar un formulario de color azul (Pagament únic de la prestació contributiva) y sin mayor explicación le insta a rellenarlo y, claro está, al mes siguiente, na vez dado de alta ya no percibes más el subsidio y debes afrontar el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social equivalente a 245 Euros mensuales (redondeando la cifra). Aunque, si te encuentras desempleado de donde vas a sacar para pagar este dinero.
Esto para mi es un "De aquí en adelante defiéndase como pueda", al funcionario parece olvidársele que esta persona también cotizó y que también tiene derecho a la prestación del subsidio, así que sólo se limitaba a entregar el formulario y hasta aquí responsabilidades, parecía ser la consigna.
Ahora, observando estadísticas, el año pasado hubo un incremento de afiliados a la Seguridad Socia de 224.156 autónomos extranjeros más, según la UPTA.
Estos 224.mil autónomos más fueron los desprevenidos que sin enterarse de lo que conlleva darse de alta como trabajador por cuenta propia, rellenar el formulario azul (Pagament únic de la prestació contributiva - Protecció per atur ) se limitaron a llenar el formulario, sellarlo y, por supuesto, pagar.
!SORPRESA¡ Después de darte de alta ya no percibes más la prestación por desempleo, pues si decides terminar con el "negocio" que montaste debes justificar, presentando pruebas, por supuesto, el cese de la actividad económica que dió origen a la misma.
Esto significa que al igual que cuando dejas de trabajar para una empresa el cese de la relación laboral debe ser justificada para poder optar a la prestación del subsidio por desempleo.
Sin embargo, sé que para muchos inmigrantes es una enorme felicidad cuando te "dan la facilidad" - lo pongo entre comillas, por razones obvias - de ser tu propio jefe de llevar a cabo una actividad en la que crees te puedes desempeñar como tal. Sólo que ante de diligenciar un documento como este debes estar seguro de lo que representará para tí pues, aunque no lo creas, lo que haces es crear una empresa con todas las de la ley y todo lo que ello conlleva: Pago de impuestos (iva), generar facturas, contratación de una gestoría para que te lleve los asuntos contables, etc., etc., etc., ...
Bueno, en el post anterior podrán ver copia del dichoso formulario .......................... para que se familiaricen.
Comentarios